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ANPE-Madrid Derechos y deberes de los funcionarios
Igualmente, podrán acogerse a esta medida los funcionarios docentes de entre 60
y 64 años, ambos inclusive, cumplidos a 31 de agosto, siempre que no hubieran
podido acogerse a la jubilación anticipada voluntaria por carecer de los requisitos.
En este caso se les aplicará lo mismo que a quienes tengan 58 o 59 años, según
lo dispuesto a continuación.
Podrán sustituirse hasta dos horas lectivas para los funcionarios que tengan una
edad de entre 55 y 58 años y hasta tres horas lectivas para los mayores de 58 años.
La sustitución parcial del horario lectivo por otras actividades se aplicará sobre el
horario que con carácter general sea de aplicación a los funcionarios de la misma
etapa y régimen.
Para la aplicación de esta medida, el centro deberá presentar un Plan de Activida-
des para estos profesores, incluyendo procedimientos de seguimiento y evalua-
ción, que se incluirá en la Programación General Anual del centro.
No podrán acogerse a la sustitución parcial del horario lectivo por otras activida-
des quienes se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:
– Quienes tengan una reducción en su horario lectivo igual o superior a la
prevista en este apartado, no pudiendo acumularse las reducciones y apli-
cándose la reducción mayor.
– Quienes disfrutan de compatibilidad con otra actividad.
– Quienes se encuentren en comisión de servicios en centros docentes, sal-
vo el caso de comisiones de servicio para Educación Compensatoria o de
carácter humanitario con docencia directa con alumnos.
– Quienes impartan materias de Formación Profesional en el curso en que
los alumnos realicen la FCT o FEE. En estos casos, se entiende que la sus-
titución del horario lectivo se realiza durante el tiempo en que los alumnos
se encuentran en la Formación en Centros de Trabajo.
Actividades sustitutorias
– Guardias.
– Realización de actividades complementarias y extraescolares.
– Atención a la biblioteca del centro.
– Participación en los programas institucionales en los que participe el centro.
– Seguimiento y control del absentismo escolar.
– Realización de programas y proyectos educativos, tales como el fomento
de la lectura, concursos educativos, nutrición, prevención de drogodepen-
dencias, revistas o periódicos del centro.
– Realización de las actuaciones previstas en el marco de desarrollo del De-
creto 32/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se es-
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