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ANPE-Madrid Derechos y deberes de los funcionarios
Centros de Secundaria y Educación de Personas Adultas
Horario laboral Horas de permanencia Períodos Horario
semanal en el centro lectivos mínimos complementario
37 horas y media. 30 horas semanales. 20 períodos lectivos de docencia El horario complementario se asignará con este orden
De estas, 7 horas El horario se organiza directa, excepcionalmente 21 periodos de prelación:
y 30 minutos no en períodos de 55 (mínimo de dos períodos lectivos – Guardias y guardias de recreo (las guardias de
son de obligada minutos, con carácter diarios). recreo se contabilizarán como medio o un período,
permanencia en el general. Se considerarán periodos lectivos: según establezca cada centro).
centro. • 28 horas de horario – La docencia directa (incluida aquella – Horas de dedicación a la gestión de la FP Dual y la
Se dedicarán a los regular: una parte a alumnos con evaluación negativa FCT ampliada.
deberes inherentes a lectiva y otra de carác- o materias pendientes). – Actividades de tutoría. 3 periodos para:
la función docente. ter complementario. 30 – El refuerzo y apoyo. • Atención a padres y tutores.
períodos. – Los desdobles y agrupamientos • Colaboración con la Jefatura de Estudios y el
flexibles. Departamento de Orientación.
• Las horas restantes, – Las prácticas de laboratorio y los • Atención individualizada a alumnos.
hasta completar talleres en ciclos formativos. – Coordinador TIC: podrá destinar la mayor parte de
las 30 horas, son – El seguimiento de las FCT en FP. su horario complementario a tal fin.
horario no fijo o – La tutoría. – Reuniones de coordinación didáctica.
irregular. Se computa – La coordinación de los programas – Apoyo a los profesores de guardia.
trimestralmente y se de FP en modalidad Dual/FCT y de – Biblioteca.
destina a asistencia a programas europeos. – Preparación de prácticas de laboratorio y activida-
reuniones de Claustro, Todos los tutores de la ESO y Bachille- des de talleres en ciclos formativos.
sesiones de evaluación rato contabilizarán un 2.º periodo lectivo – Tutorías de profesores en prácticas.
u otras actividades para actuaciones recogidas en el Plan – Consejo Escolar.
complementarias y de Convivencia del centro. – Proyectos institucionales del centro.
extraescolares. – Colaboración con el jefe de departamento de
Compensación por exceso de horas
Actividades Complementarias y Extraescolares.
lectivas (a partir de 20 horas semana- – Otras que se determinen.
les de horario lectivo y respetando 30 – Horas complementarias para el seguimiento de
períodos de permanencia en el centro): FFE/FCT.
un periodo complementario por cada
periodo lectivo. – 2 horas mínimas para Coordinador de Aula Pro-
fesional de Emprendimiento/Internacionalización/
preparador de campeonatos de FP.
Se debe garantizar una hora para la reunión se-
manal del departamento y la atención a tutoría.
Director, jefe de Deben impartir de 6 a 9 períodos lectivos semanales. Dependiendo Todos los cargos directivos deberán impartir docencia
estudios y del tamaño y la complejidad organizativa de los centros. Además, directa, al menos, a un grupo de alumnos.
secretario disponen de una bolsa de hasta 12 horas para repartir entre el equipo
según el número de unidades.
Jefe de estudios Reducción horaria: más de 15 grupos: 12 h; entre 10 y 14 grupos: 9 h; entre 6 y 9 grupos: 6 h; entre 1 y 5 grupos: 3 h.
adjunto o profesor * Por apoyo al seguimiento de los alumnos de FP Dual que cursan el segundo curso en la empresa, el director asignará un
responsable máximo de tres horas por grupo y semana entre el profesorado necesario que atenderá estas enseñanzas.
(FP Dual y FCT
ampliada)*
Jefes de 2 horas, con excepción de los unipersonales, que no tienen reducción horaria.
departamento
Jefe de Entre 6 y 9 períodos lectivos, dedicados a impartir materias optativas relacionadas con su especialidad y a la atención de
departamento de grupos de alumnos que sigan programas específicos.
Orientación El resto del horario, a tareas propias de su departamento.
FP En cursos que incluyan la FCT, la asignación horaria semanal de los profesores podrá ser variable sin que, en ningún caso, la
media de periodos lectivos semanales contabilizados a lo largo de todo el curso pueda superar el número de periodos lectivos
establecidos con carácter general.
Podrán reducir dos horas lectivas semanales para el seguimiento de la FCT, pudiendo incrementarse este número durante el
periodo de la realización.
Podrá haber otras reducciones horarias para determinados programas en los que participe el centro y que vienen reguladas en el
desarrollo del propio programa.
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