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Procesos selectivos                       Guía del profesorado 2024-2025


            4.  El profesorado de los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profe-
               sores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional
               podrá obtener un puesto de la nueva especialidad adquirida en el centro donde
               tuviera destino definitivo, por una sola vez y con ocasión de vacante, a través de
               la convocatoria del concurso de traslados. Derecho preferente a centro.


            Funcionarios interinos
            Se regirán por lo dispuesto en lo establecido para la regulación y ordenación de
            las listas de interinos, que se publicará anualmente.

            Según el Acuerdo Sectorial de 9 de enero de 2018, artículo 9, Promoción interna:
               9.1. La Administración de la Comunidad de Madrid se compromete a realizar
               convocatorias de promoción a los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Se-
               cundaria, Música y Artes Escénicas, Artes Plásticas y Diseño, y Escuelas Oficia-
               les de Idiomas en un número de plazas que permitan cubrir, como mínimo, la
               tasa de reposición por jubilaciones producida desde la última convocatoria a
               estos Cuerpos realizada en la Comunidad de Madrid.
               9.2. Asimismo, se compromete a favorecer en las convocatorias de procesos
               selectivos el acceso de los funcionarios del Cuerpo de Maestros a los Cuerpos
               de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos de Forma-
               ción Profesional, a través de medidas acordadas en el marco de la Mesa Sec-
               torial, siempre que no vulneren la normativa básica.



                Acceso a los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza
               Secundaria y Escuelas Oficiales de Idiomas


            El Sistema de selección tiene las siguientes fases:
            –  Concurso de méritos
               conforme al baremo que figura en la convocatoria y que puedes consultar más
               abajo.
            –  Publicación informativa de la puntuación obtenida
               tiene un fin orientativo para que los aspirantes puedan decidir si quieren parti-
               cipar en la siguiente fase. La no participación no les excluye del procedimiento
               ya que es voluntaria.
            –  Evaluación voluntaria de la actividad docente
               A partir del día siguiente de la publicación informativa del baremo, se abrirá
               un plazo de 15 días hábiles para que los participantes que así lo consideren

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