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Destinos                                  Guía del profesorado 2024-2025


            Destacamos la siguiente información por considerarla de interés:
            –  Confirmación de destino del curso anterior (funcionarios de carrera).
               Los funcionarios de carrera podrán confirmar, en los años pares, el centro del
               curso anterior. Las Normas de Procedimiento establecen la forma de solicitarlo.
            –  Asignaciones informáticas a lo largo del curso: plataforma PADI.
               Los aspirantes a interinidad que no hayan obtenido destino en las asignacio-
               nes informáticas de vacantes de inicio de curso podrán participar en las con-
               vocatorias de asignaciones informáticas de cobertura de puestos docentes a
               lo largo del curso, a través de la Plataforma PADI.
            –  Causas de exclusión del procedimiento de Asignación de destinos.
               •  No continuar en la situación de profesor desplazado.
               •  Haber obtenido destino en el concurso de traslados.
               •  Obtener un destino para el siguiente curso por otra vía (Comisiones de
                  servicio, servicios especiales, en el exterior, etc.).
               •  Ser excluido de las listas de interinos.


                Comisiones de servicio

            –  Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de
               traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes
               contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros
               procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos (BOE del 30).
            –  Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
               General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del
               Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los
               funcionarios civiles de la Administración General del Estado (BOE 10 de abril).

            Aspectos generales

            –  Es un procedimiento extraordinario para cubrir necesidades del servicio y
               atender a situaciones personales de gravedad. En caso de no tener destino
               definitivo, es necesario participar también en la Asignación de destinos provi-
               sionales de inicio de curso.
            –  En la Comunidad de Madrid, para la valoración de las comisiones de servicio
               de carácter personal (humanitarias), se tendrá en cuenta la participación en el
               concurso general de traslados.
            –  Son para funcionarios de carrera.
            –  La solicitud de la comisión no implica la concesión.


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