Page 102 - guia_profesorado_2024-2025
P. 102
ANPE-Madrid Jornada escolar
Centros con jornada continuada
– El horario lectivo será de al menos 25 horas semanales, en las que se inclu-
yen dos horas y media de recreo distribuidas en períodos diarios de igual
duración.
– Las clases se desarrollarán de lunes a viernes, ambos inclusive.
– Deberá garantizar la continuidad de los servicios de comedor escolar y trans-
porte escolar.
– El horario complementario de obligada permanencia de los profesores en
los colegios públicos es de cinco horas semanales. Se desarrollará de lunes
a viernes en sesiones diarias de una hora de duración y podrá realizarse a
continuación del horario lectivo de los alumnos.
– El horario lectivo de los meses de junio y septiembre de cada año acadé-
mico será acorde a lo que establezca el calendario escolar.
Propuesta de jornada escolar
– Se hará antes del 15 de marzo de cada año.
– El equipo directivo, oído el Claustro, propondrá al Consejo Escolar, antes
del día 1 de marzo de cada año, la distribución de la jornada escolar y el
horario general del centro para el curso siguiente.
Para los pasos a seguir para solicitar el cambio de modelo de jornada reco-
gidos en la Orden 502/2013, de 25 de febrero (BOCM del 5 de marzo), ver
siguiente apartado.
ANPE-Madrid lamenta que la Orden 121/2024, de 27 de enero, no abor-
de los problemas fundamentales y que solo modifique cuestiones rela-
cionadas con el censo y la regulación del voto telemático.
Llevamos años denunciando que la regulación de la jornada escolar de-
bería regirse por las siguientes cuestiones:
– La jornada escolar no debe confundirse con la jornada asistencial.
– La conciliación familiar se debe sustentar en la adopción de medidas
que permitan a los hijos estar el mayor tiempo posible con los padres.
No somos custodios de los alumnos, somos profesionales.
– No parece ni razonable ni democrático que la modificación de la jor-
nada escolar requiera una participación mayor y un número de votos
favorables superior al necesario para la aprobación de un Real Decre-
to o la investidura del presidente de la nación o de una comunidad
autónoma.
100