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Guía del profesorado 2024-2025
Jornada escolar
Regulación de la jornada escolar en Educación Infantil
y Primaria
– Orden 11994/2012, de 21 de diciembre, de la Consejería de Educación, Ju-
ventud y Deporte, por la que se regula la jornada escolar en los centros docen-
tes que imparten segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria en
la Comunidad de Madrid (BOCM del 15 de enero de 2013).
– Orden 502/2013, de 25 de febrero, por la que se regula el procedimiento a
seguir para solicitar el cambio de jornada escolar en los centros públicos que
imparten segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria en la Co-
munidad de Madrid (BOCM del 5 de marzo).
Tipos de jornada escolar
– Jornada escolar partida en dos sesiones: una de mañana y otra de tarde.
– Jornada escolar continuada.
Centros con jornada partida
– El horario lectivo será de al menos 25 horas semanales, en las que se inclu-
yen dos horas y media de recreo distribuidas en períodos diarios de igual
duración.
– Las clases se desarrollarán de lunes a viernes, ambos inclusive.
– Habrá, con carácter general, un intervalo de dos horas entre ambas sesiones.
– La sesión de tarde no podrá tener una duración inferior a una hora y treinta
minutos.
– Deberá garantizarse la continuidad de los servicios de comedor escolar y
transporte escolar.
– Durante los meses de junio y septiembre de cada año académico, la mo-
dalidad de jornada escolar será la continuada si así lo acuerda el Consejo
Escolar, acorde con lo que establezca el calendario escolar.
– El horario complementario de obligada permanencia de los profesores en
los colegios públicos es de cinco horas semanales. Se desarrollará de lunes
a viernes en sesiones diarias de una hora de duración y podrá realizarse a
continuación del horario lectivo de los alumnos.
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