Guía del profesorado 2023-2024

76 Criterios 1. Cuando el número de maestros adscritos a las especialidades afectadas sea mayor que el de puestos establecidos, todos los maestros podrán soli- citar voluntariamente el cese en el centro. 2. El número máximo de ceses que se podrán conceder por especialidades será igual a la diferencia entre el número de maestros adscritos a cada una de ellas y el de puestos que permanecen. 3. Cuando el número de solicitantes de cese por cada especialidad de las afectadas sea superior al número de puestos a suprimir en cada una de ellas, la preferencia en dicho cese vendrá determinada por la mayor anti- güedad ininterrumpida como definitivo en el centro. 4. Los maestros que tienen el destino en un centro por desglose o traslado total o parcial de otro, o por fusión de varios, contarán, a efectos de an- tigüedad como propietarios definitivos, la referida a su centro de origen. Igual tratamiento se dará a los maestros cuyo destino inmediatamente an- terior les hubiera sido suprimido. 5. En caso de igualdad en la antigüedad, decidirá el mayor número de años de servicio efectivo como funcionario de carrera en el Cuerpo de Maestros y, en último término, la promoción de ingreso más antigua y, dentro de esta, la mayor puntuación obtenida en el procedimiento selectivo de acceso al cuerpo o el número más bajo de la lista correspondiente en cada caso. 6. En el caso de que no haya solicitantes del cese voluntario, se acudirá al cese forzoso por orden inverso al establecido anteriormente. Nueva adscripción – Los maestros que resulten cesados, voluntarios o forzosos, podrán solicitar nueva adscripción a cualquier otro puesto del centro, siempre que estén habilitados para su desempeño. En caso de vacante, lo serán con carácter definitivo. – Si hay varias solicitudes, se tenderán con los mismos criterios antes descritos. Transformación de puestos – En los casos en que puestos ordinarios hayan sido transformados en singulares/itinerantes, el maestro afectado por dicha transformación podrá adscribirse al puesto o los puestos transformados, o renunciar a ellos, en cuyo caso podrá optar a otro puesto vacante del centro para el que esté ha- bilitado o, en caso de no obtenerlo, acogerse a la condición de suprimido. – Se procede de la misma manera cuando se produce la situación inversa de singular/itinerante a ordinario. Destinos ANPE-Madrid

RkJQdWJsaXNoZXIy ODE4NjI=