Guía del profesorado 2023-2024

35 Guía del profesorado 2023-2024 Derechos y deberes de los funcionarios inclusive, el 31 de agosto, podrán acogerse a una sustitución parcial del horario lectivo por otras actividades en este curso, en las condiciones que se reflejan a continuación, y siempre que ello no suponga un incremento de la necesidad de recursos humanos asignados al centro. Igualmente podrán acogerse a esta medida los funcionarios docentes de entre 60 y 64 años, ambos inclusive, cumplidos a 31 de agosto, siempre que no hubieran podido acogerse a la jubilación anticipada voluntaria por carecer de los requisitos. En este caso se les aplicará lo mismo que a quienes tengan 58 o 59 años, según lo dispuesto a continuación. Podrán sustituirse hasta dos horas lectivas para los funcionarios que tengan una edad de entre 55 y 58 años y hasta tres horas lectivas para los que tengan 58 o 59 años, en aplicación de esta medida. La sustitución parcial del horario lectivo por otras actividades se aplicará sobre el horario que con carácter general sea de aplicación a los funcionarios de la misma etapa y régimen. Para la aplicación de esta medida, el centro deberá presentar un Plan de Activida- des para estos profesores, incluyendo procedimientos de seguimiento y evalua- ción, que se incluirá en la Programación General Anual del centro. No podrán acogerse a la sustitución parcial del horario lectivo por otras activida- des quienes se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias: – Quienes tengan una reducción en su horario lectivo igual o superior a la prevista en este apartado, no pudiendo acumularse las reducciones y apli- cándose la reducción mayor. – Quienes disfrutan de compatibilidad con otra actividad. – Quienes se encuentren en comisión de servicios en centros docentes, sal- vo el caso de comisiones de servicio para Educación Compensatoria o de carácter humanitario con docencia directa con alumnos. – Quienes impartan materias de Formación Profesional en el curso en que los alumnos realicen la Formación en Centros de Trabajo. En estos casos, se entiende que la sustitución del horario lectivo se realiza durante el tiem- po en que los alumnos se encuentran en la Formación en Centros de Tra- bajo. Actividades sustitutorias – Guardias. – Realización de actividades complementarias y extraescolares. – Atención a la biblioteca del centro. – Participación en los programas institucionales en los que participe el centro. – Seguimiento y control del absentismo escolar.

RkJQdWJsaXNoZXIy ODE4NjI=