Buzón de Alcance 218

7 I n f o r m a c i ó n s i n d i c a l E L pasado 24 de marzo, se procedió al acto protocolario de la firma del Acuerdo de la Mesa Sectorial de personal docente no universitario, sobre composición, ordenación, funcionamiento y selección de las listas de aspirantes a desem- peñar puestos docentes en régimen de interinidad en el ámbito de la Comunidad de Madrid . ANPE-Madrid y el resto de las organizaciones sindicales de la Mesa Sectorial de Educación, tras un proceso negociador que se inició el pasado mes de enero, han firmado con el director general de Recursos Huma- nos, D. Miguel Zurita Becerril, un acuerdo que flexibiliza las condiciones de permanencia en las listas y permite cubrir con mayor rapidez las necesidades de los centros. Este Acuerdo incluye, entre otras novedades, las siguientes: 1. Desaparece la obligación de presentarse a la última con- vocatoria de oposición, siempre y cuando el aspirante se haya presentado a una de las últimas cinco convocatorias de procedimientos selectivos de dicha especialidad, reali- zadas por la Comunidad de Madrid dentro de los diez años anteriores a la formación de la lista correspondiente. 2. El apartado de Formación del baremo adquiere mayor peso, con la posibilidad de que los aspirantes obtengan hasta 1,25 puntos. 3. En Puntos Adicionales del baremo se añade un nuevo apar- tado y se modifican otros dos. 4. Se regulan las listas extraordinarias y las medidas excep- cionales para cubrir las necesidades del servicio. Las listas extraordinarias, una vez convocadas, permanecerán abier- tas para facilitar el acceso de nuevos candidatos. 5. Los aspirantes deberán participar en la Asignación de desti- nos provisionales en inicio de curso, pero podrán renunciar a los destinos provisionales asignados antes de la publica- ción definitiva de la Asignación informática. 6. Los interinos no estarán obligados a participar en las con- vocatorias hechas a lo largo del año a través de la plata- forma AReS. Podrán optar por los destinos ofertados todos los integrantes de las listas ordinarias y se asignarán de acuerdo con la posición de los participantes en la lista. 7. Los interinos tendrán derecho al cobro del verano cuando hayan trabajado al menos cinco meses y medio, siempre y cuando, una vez cumplido este requisito, participen en todas las convocatorias donde se ofrezcan puestos ordi- narios de su especialidad, solicitando al menos un destino. No obstante, se establecen varias causas que eximen de la necesidad de participar. 8. Desparecen las bajas temporales y las causas justificadas para no decaer, ya que se puede renunciar a la Asignación de puestos provisionales y no existe la obligación de parti- cipar en las convocatorias realizadas a través de AReS. ANPE-Madrid se congratula de la firma de este acuerdo que flexibiliza las condiciones de permanencia en las listas, permite que los aspirantes puedan optar por puestos que se adapten mejor a sus situaciones personales y posibilita que las necesidades de los centros se cubran con mayor agilidad. Estas medidas sin duda re- dundarán en la mejora de la calidad de la enseñanza en nuestra Comunidad. Nuevo acuerdo de interinos

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