Buzon de Alcance 212

10 I n f o r m a c i ó n s i n d i c a l Circular de las viceconsejerías de política educativa y de organización educativa so- bre medidas organizativas y de prevención, higiene y promoción de la salud frente a la covid-19 en relación con la actividad deportiva en cen- tros educativos durante el curso 2021-2022 (28 de sep- tiembre del 2021). Esta circular flexibiliza el uso de mascarillas en el desarrollo de la actividad física y deportiva de los centros educativos y puntualiza algunas medidas de prevención, higiene y promo- ción de salud frente a la COVID 19. El uso de las instalaciones deportivas deberá ser siempre au- torizado y supervisado por el profesorado responsable en ese momento del grupo de alumnos. Se mantendrá la distancia de seguridad ampliada y adaptada al deporte. Se debe hacer una correcta higiene de manos antes y después de la realización de actividad física y aquellas veces en las que fuere necesario. - Dado que la realización de ejercicio físico también aumenta la emisión de aerosoles, se debe promover la realización de las clases de Educación Física en espacios exteriores. En el caso de que se realicen en espacios interiores es de especial importancia el uso adecuado de la mascarilla, aumentar la distancia e in- tensificar la ventilación. - Todas las actividades deportivas que se puedan trasla- dar al exterior se realizarán al aire libre, en cuyo caso no será exigible el uso de mascarilla. - Los profesores de Educación Física deberán mantener la distancia de seguridad interpersonal en las insta- laciones y utilizar mascarilla. El uso de mascarilla no será obligatorio en los momentos en que su labor im- plique la práctica de actividad deportiva al aire libre. Modificación del apartado noveno y del anexo I de las instrucciones y medidas a im- plementar en el curso 2021/2022 para el personal docente y personal funcionario y laboral de administración y servicios en los centros docentes públicos no universitarios de la comuni- dad de Madrid con motivo de covid-19 (28 de septiembre del 2021). El 26 de julio de 2021 la Dirección General de Recursos Hu- manos dictó las Instrucciones y medidas a implementar en el curso 2021/2022 para el personal docente y personal fun- cionario y laboral de administración y servicios en los cen- tros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid con motivo de covid-19. En las citadas Instruccio- nes se preveía su actualización, en función de la pandemia y de las prescripciones sanitarias al respecto. Posteriormente se aprobó por las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa de la Consejería de Educación, Uni- versidades, Ciencia y Portavocía la Circular sobre medidas or- ganizativas y de prevención, higiene y promoción de la salud frente a la Covid-19 en relación con la actividad deportiva en Centros Educativos durante el curso 2021-2022, se ha proce- dido a las siguientes modificaciones en los apartados 9 y el anexo I respectivamente, quedando de la siguiente manera: El apartado 9: Todas las actividades deportivas que se puedan trasladar al exterior se realizarán al aire libre, en cuyo caso no será exigible el uso de mascarilla. Los profesores de Educación Física deberán mantener la distancia de seguridad interpersonal en las instalaciones y utilizar mascarilla. El uso de mascarilla no será obligatorio en los momentos en que su labor implique la práctica de actividad deportiva al aire libre. Las clases de Educación Física se programarán evitando los ejercicios que conlleven contacto. El anexo I Con independencia del mantenimiento de la distancia fí- sica interpersonal de seguridad, es obligatorio el uso de mascarilla en todas las dependencias del centro educati- vo, incluidos los espacios al aire libre, salvo en los supues- tos contemplados en la normativa vigente. Resolución conjunta de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educa- tiva sobre medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente a la COVID-19 en relación con el uso de mascarilla en centros educativos durante el curso 2021-2022 (5 de octubre de 2021). Uso obligatorio de mascarillas 1. Será obligatorio a partir de 6 años de edad en las aulas y resto de espacios interiores del centro educativo con in- dependencia del mantenimiento de la distancia interper- sonal o la pertenencia a un grupo de convivencia estable. 2. De acuerdo con la Orden 1244/2021, no será exigible la obligación del uso de mascarillas a los docentes y al per- sonal de administración y servicios en espacios de trabajo del centro educativo en que no haya alumnos. 3. Será obligatorio en cualquier espacio al aire libre del cen- tro educativo en el que se dé agrupación de personas o posibilidades de aglomeración (recreos, eventos, etc.). 4. Será obligatorio en el transporte escolar colectivo a partir de 6 años, incluido el conductor y acompañantes, y reco- mendable de 3 a 5 años. 5. Queda exceptuada la obligatoriedad del uso de mascarilla en los centros educativos durante la práctica deportiva al aire libre, manteniéndose el resto de criterios recogidos en la Circular de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa, de 23 de septiembre.

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