Buzón de Alcance 203

I n f o r m a c i ó n s i n d i c a l 12 1. Concurso de méritos . Conforme al baremo que figura como Anexo IV de la convocatoria. Los aspirantes adjuntarán a la solicitud de participación documentos justificativos de sus méritos, detallando su relación (Anexo V). Solo serán valorados los méritos que se aleguen y acre- diten con la documentación y perfeccionados a la fecha de finalización del plazo de presentación de soli- citudes, con excepción del mérito referido a la evaluación positiva de la actividad docente (Para más información ver ANPE-Informa Baremo para valoración de méritos). 2. Publicación informativa de la puntuación obtenida . Se publicarán, a efectos meramente informativos, listados con la puntuación obtenida por los aspirantes en cada uno de los apartados y subapartados que componen el baremo de méritos, a excepción de la evaluación volun- taria de la actividad, con la finalidad de facilitar al aspi- rante la decisión de solicitar la evaluación voluntaria para perfeccionar el mérito correspondiente. Al ser listas informativas, no habrá plazo de alega- ciones. 3. Evaluación voluntaria de la actividad docente. A partir del día siguiente de la publicación informativa del baremo, se abrirá un plazo de 15 días hábiles para que los participantes que así lo consideren soliciten la evaluación de la actividad docente (Anexo VIII) y presenten un informe de autovaloración de su labor docente. • No se admitirán aquellas evaluaciones realizadas con anterioridad a esta convocatoria. • Tiene carácter voluntario. • Solo podrá llevarse a cabo en el caso de profesorado que se encuentre ejerciendo las tareas de docencia directa o de orientación en centros educativos de la Comunidad de Madrid. En caso de encontrase en situación de incapacidad temporal, permiso por parto, adopción o acogimiento u otras situaciones análogas, la evaluación se realizará en el momento de su incorporación, siempre que se produzca antes de la fecha de Resolución de seleccionados. • Se podrá renunciar en cualquier momento antes de su realización. Procedimiento para llevar a cabo la evaluación de la función docente El profesor que solicite la evaluación voluntaria de la función docente deberá elaborar un informe de auto- valoración de su labor, de acuerdo con los criterios del Anexo correspondiente (Anexo X, XI o XII), y remitirlo, junto con la solicitud, a la Dirección General de Recursos Humanos. (Extensión máxima, incluidos posibles anexos, 30 páginas de tamaño A4, a una sola cara, interlineado de 1,5, en letra Times New Roman, tamaño 12, sin comprimir). El informe incluirá una portada en la que se especificarán los datos del profesor que no estará incluida en la extensión máxima de 30 páginas. Los inspectores que realicen la evaluación deberán: • Mantener al menos una entrevista previa con el profesor aspirante. • Podrán analizar cualquier otra documentación que se estime necesaria. • Recabar información de los miembros del equipo directivo y/o del jefe del departamento didáctico, siempre que estos no participen en el mismo proce- dimiento de acceso a plazas del mismo cuerpo y especialidad. Acceso a los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y Escuelas Oficiales de Idiomas Sistema de selección (Resumen)

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