Buzón de Alcance 191

C O L A B O R A C I O N E S E n pleno siglo XIX, cuando el capitalismo salvaje campeaba por sus anchas, fue la izquierda funda- mentalmente, pues no hay que olvidar la Doctrina Social de la Iglesia al respecto, expuesta por el Papa León XIII, la que reaccionó, luchó y se movilizó en lo que se llamó “Cuestión social”, justo es reconocérselo. Ahí se lograron lo que podríamos llamar el inicio de la conci- liación familiar y laboral, junto al reconocimiento de otros derechos sociolaborales. Hoy día, siglo XXI, las medidas sociales ya no son patri- monio de la izquierda, aunque quiera seguir erigiéndo- se como única garante de las mismas. Por interés polí- tico y, por tanto, por conseguir “rédito electoral”, todos los gobiernos, de un signo y de otro, inician una carre- ra por incrementar este tipo de medidas, entre ellas las que favorecen la conciliación familiar y laboral, que por otra parte al ser precisas, justas y necesarias, bienveni- das sean. Por citar algunas de ellas, podemos señalar: • Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras. Con ella nos acercamos a Europa dando cumplimiento a sus directrices. La ley facilita a los hombres el acceso al cuidado del hijo desde el momento de su nacimiento o de su incorporación a la familia al poder compatibilizar el permiso maternal. • Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social . En el artículo 58 modifica la Ley 30/1984, ampliado los días de permiso por nacimiento y enfermedad grave o fallecimiento de un familiar, mejorando el permi- so de lactancia e introduciendo otros derechos para la funcionaria embarazada. • Orden APU/3902/2005, de 15 de diciembre , por la que se publica el llamado “Plan Concilia” . Acuerdo Administración del Estado y Organizaciones Sindicales. Recoge mejoras como: ampliación de la reducción de jornada por razón de guarda legal, diez días de permiso de paternidad, flexibilización de horarios para quienes tengan a su cargo personas mayores o hijos menores de 12 años, reducción de hasta un 50 % de la jornada laboral para cuidado de un familiar de primer grado, –sin merma retributi- va–, acumulación de la lactancia en jornadas com- pletas, ampliación del periodo de excedencia con reserva de puesto de trabajo a dos años, flexibilidad horaria y permisos para los funcionarios con hijos discapacitados, permiso de hasta dos meses previo a la adopción internacional –con percepción de las retribuciones básicas– y otros relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral. Manuel Diez Diez Secretario estatal de Acción Social de ANPE Conciliación familiar y laboral Hay que respetar los derechos del docente como “trabajador” 8

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