Buzón de Alcance 187

R Formación : hasta 0,5 puntos. Sacando la parte pro- porcional del baremo de la mejor nota de oposición del apartado II. FORMACIÓN ACADÉMICA. R Otros méritos : hasta 0,5 puntos. Sacando la parte proporcional del baremo de la mejor nota de oposi- ción del apartado III. OTROS MÉRITOS. (En él figura- rá la formación permanente.) R A la puntuación que se obtenga de la anterior bare- mación, se añadirán los siguientes puntos adiciona- les: − Por buenos resultados obtenidos en la fase de oposición: o Por haber aprobado la fase de oposición en cualquiera de los últimos 10 años en la Comunidad de Madrid para el mismo cuerpo y especialidad: R 0,5 puntos si la nota fuera igual o superior a 5 e inferior a 6. R 1 punto si la nota fuera igual o superior a 6 e inferior a 7,5. R 1,5 puntos si la nota fuera igual o superior a 7,5 e inferior a 9. R 2 puntos si la nota fuera igual o superior a 9. o Por haber aprobado la fase de oposición en al menos dos de los procedimientos selectivos convocados por la Comunidad de Madrid en los últimos 10 años para el mismo cuerpo y especialidad: 1 punto. En aquellas especialidades en las que no hubiera habido un mínimo de cinco convoca- torias en los últimos 10 años, se tomarán las notas de convocatorias anteriores, hasta 2003 inclusive. R Por haber trabajado previamente en la Comunidad de Madrid: 1 punto. Competencia docente R Los integrantes de la lista que no hubieran supera- do la fase de oposición en ninguno de los procedi- mientos selectivos de referencia para la valoración de la nota deberán estar en posesión de la titulación que acredita la cualificación para impartir la corres- pondiente especialidad, acorde con los decretos de especialidades de los funcionarios de carrera. R De la posesión de las titulaciones requeridas para cada especialidad quedarán exentos quienes acredi- ten una experiencia docente de al menos cinco meses y medio en dos cursos académicos o, en su defecto, 12 meses en periodos continuos o discontinuos, como funcionario interino en el mismo cuerpo y especialidad a la que se opte. Listas extraordinarias R Si se agotase una lista, se convocará procedimiento para hacer una lista extraordinaria que se confor- mará según el baremo general, con las adaptaciones correspondientes. Colectivos de especial consideración R Mayores de 55 años con 10 años de servicios en la Comunidad de Madrid o aquellos que tengan 15 años de servicio en la Comunidad de Madrid, sin límite de edad, tendrán prioridad para las sustituciones. R Discapacitados. Cada 16 nombramientos, uno será de aspirante con discapacidad. Nombramiento supe- rior a cuatro meses. R Reserva de vacante adjudicada para situaciones deri- vadas de la maternidad o ciertas incapacidades tem- porales. R Víctimas del terrorismo o violencia de género. Podrán renunciar sin decaer de la lista. Condiciones laborales R Se mejoran las actuales, asemejándolas a las de los funcionarios de carrera y se seguirá negociando en aspectos económicos. I n f o r m a c i ó n s i n d i c a l 15

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