Buzón de Alcance 184
1 1 I n f o r m a c i ó n s i n d i c a l • Reducción de tasas en las Escuelas Oficiales de Idiomas, la Formación Profesional y la universidad. • Impartición y certificación del nivel C1 del MCER en las Escuelas Oficiales de Idiomas. • Reducción horaria en Primaria y Secundaria. • Presencia de las organizaciones sindicales en las Comisiones de Escolarización de la Comunidad de Madrid. • Eliminación de los descuentos por Incapacidad Temporal. • Elección de los directores por el Claustro. • Reforzar las competencias del Claustro. • Establecimiento de una jubilación anticipada LOMCE con incentivos. • Plan de pensiones con aportación de las adminis- traciones, igual al de otros funcionarios. • Reconocimiento de oficio de trienios y sexenios para interinos y funcionarios en su año en prác- ticas. • Supresión de la tasa de reposición de efectivos para la educación pública. • Establecimiento de un sistema nacional de habi- litación para profesorado bilingüe, con mayor protagonismo de las Escuelas Oficiales de Idiomas. • Concurso nacional de traslados para profesores bilingües. • Cuerpos estatales de profesores con mismos dere- chos y obligaciones. • La desburocratización de la función docente. • La negociación inmediata de un Estatuto Docente. • La regulación urgente de la carrera profesional y los sistemas de acceso, junto a los incentivos pro- fesionales. Para el profesorado interino • Supresión del Decreto 42/2013, de 9 de mayo, de interinos y la negociación urgente de un nuevo Acuerdo de Interinos en Madrid. • Procedimiento de acceso al empleo interino donde se valoren de forma equilibrada la expe- riencia, la nota de la oposición y la formación. • Modelo público de prestación del servicio educa- tivo atendido por funcionarios docentes y, en su defecto, por personal interino. • Habilitación por experiencia y con los mismos requisitos, para el Cuerpo de Maestros, e idénticos criterios que los empleados para los funcionarios de carrera, de igual forma que se reconoce en otras comunidades autónomas. • Publicidad, máxima transparencia y protocolos precisos en los nombramientos del profesorado interino, en la configuración y funcionamiento de las listas y en la oferta de plazas. • Convocatorias de amplias ofertas de empleo público para la conversión del empleo precario en empleo estable en la Educación Pública que des- borden el 100% de las vacantes existentes. • Mantenimiento de convocatorias bianuales de los diferentes Cuerpos. • Subsanación de los múltiples y reiterados errores en el nombramiento y la asignación de plazas. • Mejora en la gestión de sustituciones y asignación de vacantes con mayor trasparencia. • Posibilidad de elegir por qué lista prefiere ser nombrado quien figure en varias. • Desglose de los distintos tipos de jornada en la opción de jornada parcial. • Considerar puestos voluntarios todos los que no se asignen de oficio a los funcionarios de carrera en el concurso de traslados. • Posibilidad de rechazar una sustitución, sin decaer de las listas, si se tiene otro contrato de trabajo en vigor, sea o no con la Administración pública. • Establecer situaciones más racionales en las que no se decaiga de la lista de interinos. • Consideración de los mayores de cincuenta y cinco años como colectivo de especial considera- ción. • Nombramiento desde el primer día de curso y finalización de los contratos el 31 de agosto. • Pago de los meses de julio y agosto para quienes acrediten haber trabajado durante el curso escolar un mínimo de cinco meses y medio. • Reconocimiento de oficio de trienios y sexenios de interinos, incluidos los devengados en otras comunidades autónomas y los anteriores a 1999. • Mayor consideración en los pronunciamientos públicos con el profesorado interino y en las ges- tiones administrativas que se ven obligados a rea- lizar. • Idénticas condiciones que los funcionarios de carrera para acceder a la formación. • Armonización en todo el Estado del proceso de oposiciones.
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