Buzón de Alcance 172

Actuación en caso de accidente de trabajo de los funcionarios docentes acogidos al régimen de MUFACE Si el accidente se produjo en el centro , el docen- te accidentado debe rellenar el impreso que se puede descargar de la página web de MUFACE: inicio>presta- ciones>incapacidad>procedimiento para el reconoci- miento de los derechos derivados de enfermedad pro- fesional y de accidente en acto de servicio>parte de accidente en acto de servicio . Este parte llevará el sello del centro y la firma del director/a . También presen- tará el i nforme del médico al que acude en Urgencias. Si el accidente se produjo in itinere , la Dirección debe certificar que es docente del centro y su horario de trabajo. Además del parte de accidente se deberán aportar todos los documentos posibles: parte del segu- ro del accidentado, informe o atestado de quien aten- diera, parte médico, etc. Las bajas médicas serán las normales de MUFACE y se comunicarán a la DAT correspondiente. Deben ser renovadas cada 15 días. Plazo : todos los documentos se llevarán a la mayor brevedad posible al Registro de la DAT correspondiente. Actuación en caso de accidente de trabajo del profesorado interino Si el accidente se produjo en el centro , en primer lugar, una vez producida la lesión del accidente de tra- bajo, el empleado público lo comunicará al responsable inmediato de su centro de trabajo, quien deberá cumpli- mentar el documento “ Comunicación interna de acci- dente de trabajo ”. Este documento se puede descargar en www.madrid.org/upam . Es muy importante que este documento esté cumplimentado en todos sus apartados. Simultáneamente, la dirección del centro de trabajo efectuará las notificaciones administrativas que la nor- mativa vigente establece para los supuestos de acciden- te de trabajo y a los que se accede desde la aplicación SIRIUS, opción Incapacidad Temporal . En segundo lugar, el empleado público acudirá al centro de urgencia más próximo (ver servicios de urgen- cia en la página web antes citada) para recibir exclusi- vamente asistencia médica, no siendo necesaria la pre- sentación de los documentos anteriormente citados. En tercer lugar, el empleado público deberá acudir a los Servicios Médicos de las Oficinas de la Pza. Conde de Valle de Suchil 20, 1ª planta, en horario de 9 a 14 horas, en donde deberá presentar el documento de asis- tencia ( comunicación interna de accidente de traba- jo ), el informe médico y la tarjeta sanitaria de la Seguridad Social para poder realizar los trámites de la baja laboral y para comenzar con el seguimiento de su patología. Si el accidente se produjo in itinere se deberá aportar toda la documentación reseñada en el aparta- do anterior y todos los datos posibles relacionados con el suceso: partes, atestados, informe policial, ambulan- cia, suceso en transporte público, etc. Finalmente, si la lesión diagnosticada en la urgencia es una lesión leve que no precisa de una baja médica pero que, sin embargo, sí requiera un tratamiento o algún tipo de seguimiento por parte de un especialista, el empleado público no necesitará disponer de un volan- te para acudir a cualquiera de dichos facultativos espe- cialistas del Cuadro Médico. No obstante, si tienes cualquier duda, podrás ser atendido en las Oficinas de la Pza. Conde del Valle de Suchil 20, 1.ª planta, de lunes a viernes, en horario de 8.00 a 15.00 horas o en los siguientes teléfonos: 915 805 329 y 915 800 969. Accidente de trabajo del profesorado Pautas de actuación I n f o r m a c i ó n s i n d i c a l 6 ANPE ‐ Madrid, a título informativo y con carácter general, independientemente de alguna particularidad que puedan establecer las distintas Direcciones de Área Territorial, ha elaborado las siguientes pautas de actua- ción en caso de accidente de trabajo de los funcionarios docentes acogidos al régimen de MUFACE y profe- sorado interino.

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