Buzón de Alcance 167

N u e s t r a o p i n i ó n 3 L OS afiliados a ANPE conocéis bien la historia, ya que a través de este medio hemos hecho un pun- tual seguimiento del proceso negociador. Basta con ver las propuestas iniciales del Ministerio para poder certificar que “lo mejor al final”. Esto por un doble motivo: porque el contenido global del Real Decreto ha mejorado sustancialmente en su redacción final, ajus- tándose a las lógicas y razonables propuestas de ANPE, y porque lo más importante y lo que más trabajo costó conseguir es lo recogido en la parte final del texto: el Anexo de titulaciones . Sin él hubiéramos avanzado, pero no hubiéramos logrado el objetivo principal que pretendíamos, y con él en la fase inicial de la negocia- ción, la redacción hubiese sido otra y más comprensible para el profesorado. La demanda de ANPE de este Real Decreto se basó en estos dos principios: • Actualizar el catálogo de titulaciones que daban la habilitación para las distintas especialidades, ya que estaba anclado en 1989 y no se estaba procediendo de una manera uniforme en todo el territorio nacio- nal, con las nuevas titulaciones. • Unificar criterios de habilitación en toda España , ya que una titulación no podía habilitar en una Comunidad Autónoma y, con la misma, no poder hacer- lo en otra, confluyendo en un Concurso de Traslados de carácter estatal, como se estaba haciendo. Después de un largo proceso negociador, lo hemos con- seguido. El Ministerio ha cedido en sus inexplicables pre- tensiones iniciales. La presión sindical y, en especial los planteamientos de ANPE, han sido aceptados. No que- rían reconocer la especialidad de Primaria y sí obligar a impartirla, y pretendían que desapareciesen las titula- ciones para otorgar la especialidad (habilitación). Este Real Decreto conserva todos los derechos adquiri- dos de los actuales funcionarios y establece un periodo de tres meses para poder recuperar alguno vulnerado. Todos los actuales titulados tendrán la especialidad de Primaria ; hasta ahora, en unos lugares se reconocía y en otros no Título de Maestro, (Real Decreto 1440/1991) en cualquiera de sus especialidades. Los futuros Graduados en Educación Primaria también la tendrán (Anexo de titulaciones y requisitos). Los futuros Graduados en Educación Infantil, con esa titulación solo tendrán la de Infantil. El resto lo podrán adquirir por las vías con- templadas en este Real Decreto: • Por la superación del procedi- miento selectivo de ingreso (oposiciones) . • Por superar un proceso de adquisición de nuevas espe- cialidades. • Por estar en posesión de las titulaciones o requi- sitos que figuran en el anexo. • Por impartir las áreas propias de la especialidad de Educación Primaria durante tres años , a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto, y en más del 30 por ciento de su horario, se adquirirá la espe- cialidad de Educación Primaria. (Como se puede deducir, esto solo afectará a los Graduados en Educación Infantil que superen el proceso selec- tivo por otra especialidad e impartan materias de Primaria). Docencia en otras enseñanzas 1. El personal funcionario del Cuerpo de Maestros podrá impartir docencia excepcionalmente en los módulos formativos de carácter general de los programas de cualificación profesional inicial (PCPI) en las con- diciones que se determinen. 2. El personal funcionario del Cuerpo de Maestros de las especialidades de Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje podrá desempeñar funciones de atención a la diversidad en Educación Secundaria. Desde ANPE nos sentimos satisfechos, ya que hemos logrado nuestro objetivo, que como sabéis es tener cri- terios homólogos en toda España, ya que uno de nues- tros principios es el mantenimiento de los cuerpos esta- tales. En este sentido, siempre valoramos como positiva la apa- rición de un Real Decreto con contenidos de carácter básico. Lo que hace falta es que el Ministerio de Educación, en su función de armonizar y vertebrar el sistema educativo en todo el Estado, lo haga cumplir. Manuel Diez Diez Vicepresidente de ANPE-Madrid Secretario estatal de Acción Social de ANPE Real Decreto 1594/2011 por el que se establecen las especialidades del Cuerpo de Maestros (BOE 9/11/11): “Lo mejor al final”

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