Buzón de Alcance 165

M E inquieta la oposición que algunos represen- tantes de padres mantienen a que se aplique en los centros el Decreto de convivencia 15/2007, de 19 de abril . Y digo que me inquieta porque, si hay algo que los profesores hemos aprendido, es que, para la Administración, la palabra de los padres tiene la potes- tad de hacer milagros; solo hay que ver la diligencia y el empeño que en ciertos casos se suele poner desde la ins- pección en deshacer supuestos agravios cometidos por los profesores contra un alumno o un padre. Lo dicho; el profesor es como poco un irresponsable. Primero se permite el lujo de llamar la atención al alum- no y después, ante su respuesta llena de agresividad y carente de respeto, sancionarle; sin olvidarse, claro está, del poco aguante que demuestra cuando el padre o la madre acuden con malas formas y amenazas a defen- der las actuaciones de sus hijos. Subrayemos lo evidente. Algunos padres entienden como participación tomar en sus manos las riendas de los centros: organización, control, decisiones… Comprobar que al profesorado como educador se le devuelve esa capacidad de tomar decisiones, la potes- tad de aplicar sanciones y el derecho a ser respetado es algo que les resulta difícil de admitir; de aquí su oposi- ción y lucha contra cualquier decreto, ley o normativa que nos devuelva algo que nunca deberíamos habernos dejado arrebatar: nuestra autoridad como educadores. Así las cosas, conviene hacer un análisis objetivo sobre los beneficios que, a la enseñanza en general y a los alumnos en particular, han aportado los cambios intro- ducidos por el citado Decreto. Sin embargo, poco o nada se habla en los órganos colegiados de los centros sobre el tema. Falta un estudio serio de los resultados, falta recoger docu- mentalmente estos datos, reflejar- los en la Memoria Anual y, desde luego, trasmitirlos a toda la comu- nidad educativa y a la sociedad Es cierto –y no se puede negar– que su aplicación nos ha reportado algún que otro dolor de cabeza y enfren- tamiento con ciertos padres y alumnos, casualmente con los que se niegan a cumplir cualquier norma; pero no es menos cierto que otros, bastantes, han estado total- mente de acuerdo con que estas medidas hayan permi- tido proteger los derechos de sus hijos en el entorno escolar: derecho a la educación y al respeto personal. Pero no sé por qué, mejor dicho sí lo sabemos, siempre se escucha la voz del que más grita aunque no repre- sente a la mayoría. Quizás algo de culpa tengamos nos- otros como profesionales de la enseñanza. Tenemos miedo de no ser políticamente correctos si hablamos de respeto y disciplina. Como colectivo claudicamos con facilidad y, para rematar la faena, pensamos que los pro- blemas siempre son del otro. Nos falta unión. No estoy hablando de corporativismo, sino de defender nuestro prestigio profesional y reivindicar, haciendo frente común, que hacer cumplir las normas del centro, por ley y por sentido común, es potestad del profesorado. Las ingerencias injustificadas sobran y las desautoriza- ciones, vengan de donde vengan, también. Inmaculada Suárez Valdés Secretaria estatal de Comunicación Coordinadora estatal del Defensor del Profesor Un decreto imprescindible D E F E N S O R D E L P R O F E S O R 17 Licencia para asistir a actividades de formación. Tiempo de realización de la actividad y desplazamiento. 100%. Ley 1/86, de 10 de abril, de Función Pública de la CM. Haber sido seleccionado, invitado o estar inscrito para la realización de una actividad formativa. Informe favorable del Director del Centro garantizando que quedan cubiertas las necesidades del servicio. Subordinado a las necesidades del servicio. Obligación de dejar una propuesta de actividades para los alumnos durante la ausencia. Solicitar con una antelación de al menos 8 días. Solicitar a la DAT con comunicación previa al Director del Centro. Licencia por estudios. Un curso. Un cuatrimestre. 100%. Art. 72 LFCE. Art. 70.1 Ley 1/86. Acuerdo Sectorial de 26-10-06. Convocatoria anual específica que se publica en el BOCM, normalmente en el primer trimestre del año. Según convocatoria. *Proyectos de investigación educativa. * Estudios académicos: presenciales o no presenciales. Otras actividades de formación. La requerida en la convocatoria. Enviar a la Dirección General de Mejora de la Calidad de la Enseñanza. Violencia de género sobre mujer funcionaria. Faltas de asistencia. 100%. Acuerdo Sectorial de 26-10-06, Disp. Adic. 3.a (desde 16-12-08). Violencia de género sobre mujer funcionaria. Las faltas de asistencia se considerarán justificadas si así lo disponen los servicios sociales. Certificado de los servicios sociales. Permiso parcialmente retribuido. Un año. Durante 5 años consecutivos se percibe el 84%. Acuerdo Sectorial de 26-10-06, Disp. Adic. 3.a (desde 16-12-08). 15 años de antigüedad. No se podrá pedir con más de 55 años en el año de inicio del proceso. Los 4 primeros años se trabaja a jornada completa y el 5.° no se trabaja. 500 plazas anuales. Reconocimiento de servicios. El permiso incluye las vacaciones anuales. Solicitud y documentación acreditativa al Director General de Recursos Humanos según Convocatoria anual. Asuntos propios. Hasta 3 meses cada 2 años. NO. Arts. 73 y 74 LFCE. Art. 70.2 Ley 1/86 CM. Visto bueno del Director del Centro. Mínimo un día, máximo 3 meses cada 2 años. Condicionado a las necesidades del servicio. Solicitar 15 días antes. Reconocimiento de servicios. Concesión hasta el día anterior a la reincorporación. No se concederá en el último trimestre. No enlazará con un periodo no lectivo. Entregar solicitud y documentos acreditativos en el Centro dirigidos a la DAT, con 7 días o suficiente antelación. Visto bueno del Director del Centro. Las licencias o permisos, retribuidos o no, que supongan periodos en que no se imparta docencia durante un curso escolar, no podrán encadenarse; es necesario un periodo de al menos cinco cursos de docencia entre ellos. Licencias sin retribución. Hasta un curso. NO. Acuerdo Sectorial de 26-10-06, Disp. Adic. 3.a (desde 16-12-08). Convocatoria anual específica que se publica en el BOCM. Tener un mínimo de 15 años de antigüedad en la Administración educativa. Se conserva el destino. Se conceden 150 licencias por curso. La requerida en la convocatoria. Enviar al Director General de Recursos Humanos. LICENCIAS - PERMISOS Técnicas de preparación al parto. Exámenes prenatales. Reducción de jornada por el tiempo necesario. 100%. Art. 58 Ley 53/02. Justificación de la necesidad de realización dentro de la jornada de trabajo. Instancia dirigida al Director del Área Territorial, con documentación acreditativa. Reducción de jornada por guarda legal. Disminución de 1/3 a 1/2 de la jornada. Reducción proporcional. Art. 71.2 Ley 1/86 CM. Cuidado de hijos menores de 6 años, ancianos o disminuidos físicos o psíquicos sin actividad remunerada. Puede extenderse a enfermedad de larga duración. Es acumulable al permiso de cuidado de hijo menor de 12 meses (lactancia). Concesión por trimestres. Tercer trimestre del curso, se prolonga hasta el curso siguiente. Solicitar 15 días antes del inicio. Entregar solicitud y documentos acreditativos en la Dirección del Área Territorial. Se autoriza por trimestres. Con comunicación previa al Director del Centro. Violencia de género sobre mujer funcionaria. Reducción o reordenación de la Reducción proporcional en Art. 49 Ley 7/07 EBEP. Acuerdo Sectorial de Violencia de género sobre mujer funcionaria. Reordenación de la jornada: si la organización del Centro lo permite. Solicitud en la Dirección del Área Territorial como mejor proceda. Recuperación de enfermedad debidamente acreditada. 50% reducción de jornada. Reducción proporcional. Acuerdo Sectorial de 26-10-06, Disp. Adic. 3.a (desde 16-12-08). Enfermedad debidamente acreditada, derivada de una incapacidad temporal. Mínimo 3 meses, supeditado a la organización del Centro. Solicitud y documentación en la Dirección del Área Territorial. Reducción de jornada por guarda legal de hijos de entre 6 y 12 años. Un medio de jornada. Reducción proporcional. Acuerdo Sectorial de 26-10-06, Disp. Adic. 3.a (desde 16-12-08). Guarda legal de hijos de entre 6 y 12 años. Curso completo. Solicitar al menos 15 días antes del inicio del curso. Solicitud y documentación en la Dirección del Área Territorial, con comunicación previa al Director del Centro. REDUCCIONES DE JORNADA CONCEPTO PERIODO RETRIB. REGULACIÓN REQUISITOS CONDICIONES SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN

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