Buzón de Alcance 164

17 E L Ministerio ha entregado el último borrador ela- borado con las diferentes aportaciones de las organizaciones sindicales. Este borrador recoge los aspectos sustanciales de las propuestas que habíamos realizado desde ANPE. Algunas de ellas, presentadas para pretender subsanar el atropello cometido con la publi- cación del Concurso de Traslados, donde, sin previo aviso, suprime desde esa fecha, la posibilidad de conseguir nuevas habilitaciones a los maestros. A modo de resumen destacamos: • Todas las modificaciones afectarán a los nuevos fun- cionarios , ya que los actuales mantendrán todas las habilitaciones que tengan reconocidas. • El Ministerio planteaba competencia docente de las diferentes especialidades en Educación Primaria pero no reconocía ésta como especialidad para quien la impartiese. Con el nuevo borrador se introduce esta redacción: “el profesorado del cuerpo de maestros que en virtud de la atribución de competencias seña- lada haya ejercido docencia durante al menos tres cursos en una especialidad distinta de la exigida para ocupar su puesto de trabajo podrá adquirirla mediante el procedimiento que se establezca” . Esto significa que si un maestro de cualquier especiali- dad tiene que impartir docencia en Primaria, por- que así lo requiere la organización del centro, podrá solicitar el reconocimiento de esa especialidad . También en algún supuesto, unitarias, rurales, cen- tros incompletos, podría afectar a Infantil. • Se acepta poder adquirir otras especialidades a tra- vés de títulos de Diplomatura, Licenciatura o Grado , en un proceso a determinar y revisable periódicamen- te con la publicación de un catálogo de titulaciones (propuesta ANPE). Por el contrario, no se acepta que cursos de especialización convocados por las Universidades a partir de la entrada en vigor del RD 1364/2010 (30-10-10 Concurso de Traslados) otorguen una nueva especialidad , pues se pretende que desaparezcan como tal las habilitaciones dando paso a las especialidades. Se acepta adquirir la espe- cialidad por titulación sin excluir la alegada para el ingreso en el cuerpo (un maestro con Grado de Primaria que se presenta por Infantil, automática- mente si aprueba tendrá las dos especialidades). • Se establece una Disposición Transitoria para que todos aquellos que reunían requisitos de habilita- ción en la fecha de publicación del RD 1364/2010 (30-10-10) y que no lo solicitaron formalmente lo puedan hacer en un plazo de tres meses , a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto de Espe- cialidades (probablemente al final del presente curso). Al mismo tiempo, para quienes estén realizando cur- sos de especialización iniciados con anterioridad a la publicación del RD 1364/2010 se establecerá igual- mente un plazo en cuanto a su reconocimiento. • Se planteó la posibilidad de reconocer de oficio la especialidad de Primaria para los actuales maes- tros funcionarios de carrera , pero el Ministerio res- ponde que lo pueden hacer siguiendo el procedimien- to establecido en el apartado anterior, nunca de ofi- cio , sino previa solicitud del interesado. Mesa de negociación con el Ministerio de Educación: Real Decreto de especialidades del cuerpo de Maestros Monumento al Maestro, Madrid, ITE, MInisterio de Educación I n f o r m a c i ó n s i n d i c a l

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