Buzón de Alcance 163

El contenido de esta guía es meramente orientati- vo. El concursante debe ajustarse a lo establecido en la convocatoria que se publique. 1. ÁMBITO DEL CONCURSO Este año el concurso es de ámbito estatal. 2. FECHA Y PLAZO DE LA CONVOCATORIA La convocatoria se publicará en el BOCM en torno al 25 de noviembre. El plazo para participar será, a partir del 25 de noviembre, 15 días hábiles. 3. VACANTES Las Administraciones educativas, entre los que se incluirán, al menos , los que se produzcan hasta el 31 de diciembre del curso escolar en el que se efec- túe la convocatoria, así como aquellos que resul- ten del propio concurso siempre que, en cualquie- ra de los casos, la continuidad de su funcionamien- to esté prevista en la planificación educativa y en función de los criterios de estabilidad del profeso- rado en un mismo centro que las Administraciones educativas puedan establecer . Criterio muy abier- to para que pueda decidir cada administración en función de sus intereses . Los cuerpos de catedráticos no optan a vacantes específicas. Son las mismas que las de los cuerpos con los que comparten docencia. 4. REQUISITO GENERAL Los participantes podrán solicitar las plazas o pues- tos correspondientes a la especialidad o especiali- dades docentes de las que sean titulares, así como, en su caso, aquellos otros que puedan solicitar por reunir los requisitos establecidos en las correspon- dientes convocatorias. Habilitaciones en el Cuerpo de Maestros . 5. PARTICIPACIÓN VOLUNTARIA a) El personal funcionario docente de carrera de los cuerpos a los que correspondan las vacantes, siempre que al finalizar el curso escolar hayan transcurrido, al menos, dos años desde la toma de posesión del último destino que desempeñen con carácter definitivo. b) El personal funcionario docente de carrera que se encuentre en la situación de excedencia voluntaria, siempre que, en la misma fecha a que se refiere el apartado anterior, hayan transcu- rrido, al menos, dos años desde que pasaron a la citada situación. c) El personal funcionario docente de carrera que se encuentre en la situación de suspenso podrá participar, siempre que, con anterioridad a la misma fecha a que se refieren los apartados anteriores, haya concluido el tiempo de dura- ción de la sanción disciplinaria de suspensión. 6. PARTICIPACIÓN OBLIGATORIA a) El personal funcionario docente de carrera que no tenga un destino definitivo , en la forma que determinen las respectivas convocatorias. De no hacerlo, podrá ser destinado de oficio, dentro de la Comunidad Autónoma en la que preste servi- cios con carácter provisional, a las plazas o pues- tos objeto del concurso para cuyo desempeño reúna los requisitos exigidos. Quienes no hayan obtenido aún su primer des- tino definitivo sólo podrán optar a plazas o puestos dependientes de la Administración educativa a través de la que accedieron o ingresaron en los cuerpos docentes. NOVIEMBRE 2010 • ANPE- Madrid. Carretas, 14- 5º B 28012 Madrid • Teléfono: 915 213 111. Fax: 915 230 404 O’Donnell, 42-1.º A, 28009 Madrid • Teléfono: 915 214 348 • Fax: 915 230 404 www.anpe-madrid.com • anpe@anpe-madrid.com Normas comunes a todos los cuerpos docentes, excepto Enseñanzas Artísticas (centros superiores) que se regirá por convocatoria específica (Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre BOE 30-10-10) y Normas pro- cedimentales (BOE 5-11-10) 13

RkJQdWJsaXNoZXIy ODE4NjI=